lunes, 18 de agosto de 2008

OEA Apoyo Interamericano al Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares


OEA/Ser.PAG/RES. 1747 (XXX-O/00)5 junio 2000Original: español
RESOLUCIÓN
APOYO INTERAMERICANO AL TRATADO DE PROHIBICIÓN COMPLETA DE LOS ENSAYOS NUCLEARES
(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2000)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTO el Informe del Consejo Permanente (AG/doc.3848/00), y en particular la sección que se refiere al Informe del Presidente de la Comisión de Seguridad Hemisférica (la Comisión) (CP/CSH-307/00);
RECONOCIENDO que el establecimiento de zonas libres de armas nucleares constituye un mecanismo efectivo y concreto que contribuye a garantizar el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional;
TENIENDO PRESENTE que, hasta la fecha, el Tratado de Tlatelolco ha sido ratificado por la mayoría de los Estados Miembros de la OEA;
TENIENDO EN CUENTA que el párrafo resolutivo 5 de la resolución AG/RES. 1622 (XXIX-O/99) reafirma el compromiso de continuar promoviendo la búsqueda de un régimen universal, genuino y no discriminatorio de no proliferación en todos sus aspectos;
REAFIRMANDO:
La necesidad de alcanzar la universalidad del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT) negociado en el Marco de las Naciones Unidas; y
La importancia que tiene el CTBT para contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacional;
TOMANDO NOTA que, hasta la fecha, el CTBT ha sido firmado por 26 Estados Miembros de la OEA y ratificado por 9 de ellos, y, en particular, que 5 de los 8 Estados de la región cuya ratificación es necesaria para la entrada en vigor del Tratado ya lo han hecho; y
DESTACANDO CON BENEPLÁCITO la ratificación del CTBT por parte de la Federación de Rusia, con lo que se une a Francia y el Reino Unido, países miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y Estados Observadores Permanentes ante la Organización de los Estados Americanos, que han ratificado el mismo,
RESUELVE:
1. Instar a los Estados de la región, que aún no lo hayan hecho, a que firmen y/o ratifiquen, según sea el caso, el Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT) que permita en el plazo más breve su entrada en vigor, y en especial a aquellos Estados incluidos en el Anexo 2 del Tratado.
2. Solicitar al Secretario General que transmita el texto de la presente resolución al Secretario General de las Naciones Unidas, así como al Secretario Ejecutivo de la Secretaría Provisional Técnica de la Organización del CTBT.

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